Programa de cofinanciación de proyectos de I+D+i colaborativa y transferencia de conocimiento

Objetivo

El objetivo de este programa es facilitar la participación de la Universidad de Granada en proyectos de I+D+I colaborativa y proyectos de transferencia de conocimiento, para cuya ejecución sea condición necesaria la cofinanciación por parte de la UGR como entidad beneficiaria.

Esta necesidad de cofinanciación debe contemplarse expresamente como requisito para la presentación de solicitudes en las correspondientes convocatorias de financiación externa.

De manera no excluyente, podrían estar incluidos en este programa proyectos financiados en diversas convocatorias de la Orden de Incentivos a la Innovación Empresarial de la Junta de Andalucía: convocatoria de Proyectos Singulares y Estratégicos, convocatoria de Proyectos de Creación de Unidades de Innovación Conjunta.

Condiciones

  • Para hacer efectiva la ayuda, los proyectos para los cuales se solicita cofinanciación tendrán que tener resolución positiva de concesión, con un porcentaje de financiación externa que asegure la viabilidad económica del proyecto.

  • Se cofinanciarán parcialmente los costes asociados directa y exclusivamente a la ejecución del proyecto, conforme a las condiciones recogidas en las respectivas convocatorias de financiación externa y la normativa de la Universidad de Granada.

  • Ayuda máxima por proyecto: 25.000 €.

Requisitos de los solicitantes

Podrá solicitar estas ayudas el personal docente e investigador de la Universidad de Granada que sea Investigador/a Principal del proyecto para el que se solicita cofinanciación.

Formalización de solicitudes

  • El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto durante todo el año (según disponibilidad presupuestaria).

  • Deberán cumplimentarse los modelos/formularios de solicitud, presupuesto y memoria del proyecto a desarrollar.

Criterios de valoración

  • Interés del proyecto de cara a la TC, basado en resultados de investigación y/o conocimiento generado en la Universidad de Granada; adecuación a las prioridades de la Estrategia de Innovación de Andalucía RIS3/S3 (hasta un 20%).

  • Viabilidad de la propuesta; calidad del consorcio (hasta un 20%).

  • Oportunidad de la propuesta (hasta un 15%).

  • Retorno esperado (hasta un 10%).

  • Grado de Protección del Resultado (hasta un 15%).

  • Experiencia del Grupo de Investigación en Transferencia de Conocimiento (hasta un 10%).

  • Cofinanciación* de la actividad aportada por el equipo investigador (hasta un 10%).

Criterios adicionales

  • Transversalidad de la propuesta (hasta un 10%).

  • Área Deficitaria en Transferencia de Conocimiento (hasta un 10%).

  • Impacto y valor social esperado, alineación con los ODS (hasta un 10%).

Criterio previo de exclusión: no adecuación de la propuesta a los objetivos y condiciones técnicas y económicas del programa.

Nota: La cofinanciación puede proceder de fondos propios del grupo de investigación o departamento, gastos elegibles en proyectos en ejecución, remanentes de proyectos o contratos Art. 83, o preferentemente, aportaciones externas de entidades interesadas en la tecnología. El/la solicitante tendrá que aportar con la solicitud soporte documental del origen de la cofinanciación.

Obligaciones de los beneficiarios

  • Ejecutar el proyecto en los plazos y condiciones indicados en la resolución de concesión.

  • Presentar, en el mes siguiente a la finalización del plazo de ejecución, una breve memoria del proyecto desarrollado.

  • Presentar la documentación justificativa económica y técnica que se le requiera, y que se detallará en cada caso, junto con la comunicación de la Resolución de concesión y comunicaciones posteriores.

  • La ayuda concedida tendrá la consideración de costes de transferencia: una vez transferidos los resultados, en cumplimiento de la Normativa sobre los derechos de propiedad industrial e intelectual derivados de la actividad investigadora de la Universidad de Granada (art. 16), se detraerá de los ingresos obtenidos por la transferencia o explotación de los resultados de investigación. Las cantidades detraídas se reincorporarán al Plan Propio de Investigación y Transferencia en el presupuesto de ayudas a la transferencia de resultados de investigación gestionadas por la OTRI.

Plazo de solicitud cerrado.

La solicitud de los programas del Plan Propio de Investigación y Transferencia se realiza desde la APLICACIÓN DEL ACCESO IDENTIFICADO PARA TRÁMITES de la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia:

  • Dentro del acceso identificado - menú Plan Propio (primera opción del menú) - Nueva Solicitud (buscar el programa dentro de la lista de programas con plazo de solicitud en vigor).

  • Completar el formulario del programa elegido, datos de texto y ficheros adjuntos (en el propio formulario podrá obtener los modelos necesarios que deberá adjuntar a cada programa).

  • Al completar el formulario de solicitud, obtendrá el PDF de solicitud con el resumen de la ayuda que esté solicitando.

Recuerde que tiene Registrar esta solicitud en PDF obtenida dentro del plazo especificado en la convocatoria:

  • En el Registro telemático disponible en la Sede Electrónica de la UGR, rellenando la Solicitud Genérica dirigida a la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación.

Si no registra la solicitud que genera la aplicación online, NO SERÁ VÁLIDA y no se tendrá en cuenta.