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Patentes

¿Qué es una Patente?

Una Patente es un título que reconoce el derecho de explotar en exclusiva la invención patentada, impidiendo a otros su fabricación, venta o utilización sin consentimiento del titular.

La Patente puede referirse a un procedimiento nuevo, un aparato nuevo, un producto nuevo o un perfeccionamiento o mejora de los mismos.

¿Qué se puede patentar?

  • Desarrollos Técnicos Nuevos e Inventivos. No se pude patentar el trabajo del día a día, pero tampoco es necesario restringirse a invenciones revolucionarias
  • Desarrollos, nuevos e inventivos, que deriven de un producto conocido, independientemente de que el primero esté protegido.
  • Deben cumplir los Requisitos de Patentabilidad

Requisitos de Patentabilidad:

  • Actividad Inventiva (Criterio Subjetivo)
  • La invención no puede ser evidente para un “Experto en la Materia” a partir del Estado de la Técnica
  • Aplicabilidad industrial
    • Tiene que poder aplicarse industrialmente o ser objeto de fabricación por cualquier tipo de industria
  • Suficiencia de la Descripción
    • La solicitud de patente deber dar suficiente información para poder reproducir la invención.

 

¿Qué no se puede patentar?

Hay resultados de investigación que no se consideran invenciones o que constituyen excepciones no patentables. En particular, no serán patentables:

  • Descubrimientos, teorías científicas y métodos matemáticos
  • Obras literarias, artísticas o estéticas
  • Planes , reglas y métodos para actividades intelectuales, comerciales o juegos
  • Programas de Ordenador
  • Formas de presentar las informaciones
  • Métodos de tratamiento quirúrgico o terapéutico del cuerpo humano o animal
  • Invenciones en contra de las buenas costumbres o en contra del orden público
  • Los procedimientos de clonación o modificaciones de la identidad genética germinal de seres humanos
  • Las utilizaciones de embriones humanos con fines industriales o comerciales.
  • Las variedades vegetales y las razas animales.
  • Sí se permiten los animales modificados genéticamente si no suponen para éstos sufrimientos sin utilidad médica o veterinaria sustancial
  • Los procedimientos esencialmente biológicos de obtención de vegetales o de animales
  • Métodos de diagnóstico, tratamiento quirúrgico o terapéutico aplicados al cuerpo humano o animal
  • El cuerpo humano, así como el simple descubrimiento de uno de sus elementos (incluida la secuencia o la secuencia parcial de un gen).

Esto no quiere decir que no se pueda patentar por otras vías.

ISO 9001
Financiado por:
Junta de Andalucia
FEDER
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