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La Nueva Ley de Patentes, a debate en la UIMP

Curso de Verano en la UIMP

UIMP2Desde el año 2006 la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), en colaboración con la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP), organiza un Curso de Verano sobre últimas tendencias y retos futuros de la Propiedad Industrial. Este curso, que cada año constituye un foro estratégico de encuentro de líderes de la Propiedad Industrial nacionales y europeos, está dirigido a estudiantes, empresas, profesionales y en general a todo aquel que tenga interés en acercarse a la Propiedad Industrial o desee profundizar en determinados aspectos de la misma.

Este año el curso llevará por título “Proteger las innovaciones en España: la nueva ley de Patentes” y en él se abordarán los cambios introducidos con la nueva Ley de Patentes, que fue aprobada en 2015, a través de la participación de representantes de oficinas de patentes, agentes de la propiedad industrial, empresas, universidades, organismos de investigación y las administraciones.

UIMP

 

La Nueva Ley de Patentes

El 25 de julio de 2015 se publicó la Ley 24/2015 de 24 de julio, de Patentes que entrará en vigor el 1 de abril de 2017.

La nueva Ley de Patentes busca equiparar la normativa española sobre Patentes al ámbito internacional y fortalecer el sistema de Patentes nacional, estableciendo un marco legal que prima las invenciones verdaderamente inventivas y novedosas, e implantando un único procedimiento de concesión que beneficiará a la seguridad jurídica de los solicitantes y mejorará la imagen de las patentes españolas.

De esta forma, entre otras novedades que iremos comentando, se establece la obligatoriedad de someter a las invenciones a un examen de fondo que asegure el cumplimiento de los requisitos de patentabilidad, lo que dotará a las patentes de mayor calidad y fortaleza, evitando que se concedan patentes que no los cumplen, como sucede con la normativa actual.

Más información sobre el curso:

Tendrá lugar del 11 al 15 de julio en el Palacio de la Magdalena de Santander. El plazo para solicitar becas finaliza el 13 de julio. La matrícula deberá formalizarse en la UIMP.

Programa y Matrículas

 

Entra en vigor el Tratado sobre el Derecho de Patentes (PLT) en España

WIPO-LogoEl 6 de noviembre de 2013 entró en vigor el Tratado sobre el Derecho de Patentes (PLT) en España.

El PLT pretende racionalizar y armonizar los requisitos formales establecidos por las oficinas nacionales o regionales de patentes para la presentación de solicitudes de patentes nacionales o regionales, el mantenimiento de las patentes, así como ciertos requisitos adicionales relativos a las patentes o a las solicitudes de patente, por ejemplo, las comunicaciones, las representaciones o el registro de cambios relativos a las patentes y a las solicitudes de patente. Las disposiciones del PLT remiten en la medida de lo posible a las del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT) y su Reglamento, a fin de que el Tratado sea lo más sencillo posible y evitar que se creen distintas normas nacionales sobre las formalidades de patentes en relación con las solicitudes nacionales e internacionales. Se espera que la armonización de los procedimientos en virtud de las legislaciones nacionales propicie el acceso a la protección por patente en todo el mundo y una reducción de los costos derivados de dichos procedimientos para los solicitantes. Asimismo, se espera que se reduzcan los costos administrativos de las oficinas de patentes de los países industrializados y de los países en desarrollo, lo que podría traducirse en una reducción de las tasas para los solicitantes

Este tratado se aplica tanto a las solicitudes nacionales de patente que se encuentren en trámite en la fecha de entrada en vigor, como a patentes ya concedidas y con efectos en España.

Las principales modificaciones introducidas por el Tratado sobre el Derecho de Patentes son las siguientes:

  1. Se simplifican los requisitos formales para la obtención de fecha de presentación
  2. Se establece mayor flexibilidad en relación con las “partes omitidas” de la solicitud a beneficio del solicitante
  3. Se introduce la incorporación por referencia a una solicitud anterior
  4. Se limita la obligación de presentar el certificado de prioridad y su traducción a los supuestos en los que dichos documentos no se hallaran disponibles mediante acceso a Biblioteca Digital y fueran necesarios para determinar la patentabilidad de la invención
  5. Se establece con carácter general el plazo de las prórrogas en dos meses
  6. En algunos procedimientos como la corrección de errores, solicitudes de prórroga y solicitud de restablecimiento de derechos se introduce un trámite previo a la denegación de comunicación de la intención de denegar y se establece un plazo de alegaciones
  7. Se permite el restablecimiento del plazo para reivindicar prioridad y del plazo para aportar el certificado de prioridad y su traducción cuando sean necesarios.
  8. Se permite la adición o corrección de una reivindicación de prioridad
  9. No podrá solicitarse como rectificación de un error la designación de inventor o introducir nuevos inventores salvo que el error resulte evidente de la documentación obrante en el expediente.

Más información: