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La Nueva Ley de Patentes, a debate en la UIMP

Curso de Verano en la UIMP

UIMP2Desde el año 2006 la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), en colaboración con la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP), organiza un Curso de Verano sobre últimas tendencias y retos futuros de la Propiedad Industrial. Este curso, que cada año constituye un foro estratégico de encuentro de líderes de la Propiedad Industrial nacionales y europeos, está dirigido a estudiantes, empresas, profesionales y en general a todo aquel que tenga interés en acercarse a la Propiedad Industrial o desee profundizar en determinados aspectos de la misma.

Este año el curso llevará por título “Proteger las innovaciones en España: la nueva ley de Patentes” y en él se abordarán los cambios introducidos con la nueva Ley de Patentes, que fue aprobada en 2015, a través de la participación de representantes de oficinas de patentes, agentes de la propiedad industrial, empresas, universidades, organismos de investigación y las administraciones.

UIMP

 

La Nueva Ley de Patentes

El 25 de julio de 2015 se publicó la Ley 24/2015 de 24 de julio, de Patentes que entrará en vigor el 1 de abril de 2017.

La nueva Ley de Patentes busca equiparar la normativa española sobre Patentes al ámbito internacional y fortalecer el sistema de Patentes nacional, estableciendo un marco legal que prima las invenciones verdaderamente inventivas y novedosas, e implantando un único procedimiento de concesión que beneficiará a la seguridad jurídica de los solicitantes y mejorará la imagen de las patentes españolas.

De esta forma, entre otras novedades que iremos comentando, se establece la obligatoriedad de someter a las invenciones a un examen de fondo que asegure el cumplimiento de los requisitos de patentabilidad, lo que dotará a las patentes de mayor calidad y fortaleza, evitando que se concedan patentes que no los cumplen, como sucede con la normativa actual.

Más información sobre el curso:

Tendrá lugar del 11 al 15 de julio en el Palacio de la Magdalena de Santander. El plazo para solicitar becas finaliza el 13 de julio. La matrícula deberá formalizarse en la UIMP.

Programa y Matrículas

 

Búsqueda de Patentes: La importancia de las palabras clave

Para que una invención sea patentable debe ser nueva, no resultar evidente para un experto en la materia y tener aplicación industrial.

Por ello, en el proceso de evaluación de la patentabilidad de una invención es necesario realizar una búsqueda de anterioridades tanto para comprobar si hay algún documento que la anticipe (afectando a la novedad), como para detectar documentos relacionados con ella que puedan conducir a un experto en la materia a la misma solución a un problema técnico (afectando a la actividad inventiva).

Para llevar a cabo este análisis del estado de la técnica es imprescindible utilizar palabras clave que sean relevantes en nuestra invención.

palabras clave / keywords
En nuestro trabajo diario, comprobamos que no siempre se presta la atención que se merece a este aspecto en la comunicación de invención.

A la hora de proporcionar palabras clave relevantes y formar un tesauro útil para una búsqueda de anterioridades tendremos que tener en cuenta, al menos, los siguientes aspectos:

  • Proporcionar sinónimos de cada palabra relevante
    • Por ejemplo, si nuestra invención está relacionada con Coenzima Q10, incluiremos en la lista de palabras clave otras denominaciones como “ubiquinona“, “ubidecarenona” o “coenzima Q“.
    • Si estamos buscando antedecentes sobre presas hinchables, el tesauro debería comprender términos como “dique“, “presa“, “inflable“, “hinchable” o “neumático“.
  • Pensar en posibles truncamientos del término para evitar perder resultados al no capturar el género, número, tiempo verbal, uso de adjetivos…
    • Por ejemplo, para una invención relacionada con “carotenos” podemos utilizar el término truncado “caroten*“. De esta forma, además de resultados en los que aparezca el término “carotenos”, localizaremos resultados que contengan “caroteno“, “caroten“,”carotenoid” “carotenoide” o “carotenoides“.
  • Proporcionar identificadores o fórmulas invariantes del concepto a localizar
    • A modo de ejemplo, el ácido maslínico también se conoce como ácido cratególico o crataególico, pero se puede identificar de forma unívoca como:
      • (4aS,6aR,6aS,6bR,8aR,10R,11R,12aR,14bS)-10,11-dihydroxy-2,2,6a,6b,9,9,12a-heptamethyl-1,3,4,5,6,6a,7,8,8a,10,11,12,13,14b-tetradecahydropicene-4a-carboxylic acid
      • Fórmula molecular: C30H48O4
      • Ref. 73659 en Pub Chem
      • y también es posible buscar usando su estructura en buscadores como el propio PubChem o SureChem:
    • Otro ejemplo de identificador invariante puede consistir en una secuencia de ADN determinada empleada en lugar del nombre de la proteína en buscadores de secuencias como PatSeq.
  • Proporcionar términos que indique las posibles aplicaciones de la invención
    • Tratamiento del cáncer, reducción de arrugas, evaluación de antiadherencia, obtención de datos, diagnóstico, …
  • Pensar en términos generales que permitan ampliar el rango de búsqueda a conceptos que, sin ser idénticos, puedan estar relacionados y afectar a la actividad inventiva.
    • Por ejemplo, si nuestra invención es un fotocatalizador, podríamos incluir como términos de búsqueda “catálisis“, “depuración de aguas“, “captación“,…
    • Si se trata de un fármaco contra el cáncer, podríamos incluir términos como “tratamiento” o “medicamento” asociados a los términos descriptores del fármaco.

Este listado de recomendaciones no pretende ser exhaustivo, pero queríamos poner de manifiesto que proporcionar un buen listado de palabras clave en la comunicación de invención facilita enormemente el trabajo de los técnicos de la OTRI que, aunque lo intentamos, no podemos ser expertos en todas las áreas de conocimiento.

Más información:

 

…”vengo a patentar una marca”

No es la primera vez que en la OTRI oimos algo parecido. Por eso nos parece oportuno enlazar aquí al post del blog de Marcas y patentes en Jaén, donde se trata entre otras el tema de la confusión frecuente entre marcas y patentes.

http://marcasypatentesjaen.blogspot.com.es/2013/03/hablemos-siempre-con-propiedad-aunque.html

Más información:

http://www.oepm.es/es/index.html

Patentar antes de publicar

Para inaugurar este blog he elegido una de las frases más repetidas en mi experiencia como técnico de OTRI: “Patentar antes de publicar”. Es sencillo de recordar, pero ¿por qué hay que hacerlo así?

Sin entrar en aspectos relativos a la idoneidad de la patente como herramienta de transferencia de resultados de investigación, es conveniente recordar periódicamente que la publicación y la solicitud de patente son acciones perfectamente compatibles siempre que se mantenga el orden adecuado.

Para que una invención sea patentable debe cumplir, entre otros criterios, los denominados “Requisitos de Patentabilidad” (Art. 4.1 Ley 11/1986) que son:

  • Novedad
  • Actividad Inventiva
  • Aplicabilidad industrial

(Son patentables las invenciones nuevas, que impliquen actividad inventiva y sean susceptibles de aplicación industrial)

El primero de ellos es un criterio objetivo: La invención para la que se solicita protección no puede estar comprendida en el Estado de la Técnica, entendiendo como tal “… todo lo que antes de la fecha de presentación de la solicitud de patente se ha hecho accesible al público en España o en el extranjero por una descripción escrita u oral, por una utilización o por cualquier otro medio” (Art. 6.2 LP)

Así, debe entenderse “publicación” en el sentido más amplio de la palabra. En el ámbito universitario, no sólo los artículos científicos o los libros afectan a la novedad. A modo de ejemplo, he aquí un listado no exhaustivo (y creciente) de casos en los que la patentabilidad de una invención se ha visto afectada por una publicación previa:

  • Artículos
  • Libros
  • Tesis, Depósitos de Tesis, Tesinas
  • Comunicaciones en Congresos, Abstracts
  • Entrevistas, artículos de divulgación
  • Folletos, trípticos, material promocional de un grupo de investigación
  •  ….
  • Cualquier difusión previa demostrable

Además, es conveniente resaltar que no es necesario con que alguien haya tenido acceso al documento, basta con que documento sea accesible para que carezca de novedad.

Dicho esto, no lo olviden:


Patentaré antes de Publicar