PROYECTOS ORIENTADOS A LA PREPARACIÓN Y OBTENCIÓN DE NUEVOS PROYECTOS O CONTRATOS CON FINANCIACIÓN EXTERNA

Según la Disposición adicional sexta de los Presupuestos de la Universidad de Granada sobre la “Utilización de recursos liberados de proyectos internacionales, contratos de transferencia y cátedras”.

  1. Los recursos liberados procedentes de proyectos internacionales, contratos de transferencia y cátedras se podrán utilizar hasta el final del año siguiente a su conclusión o de la recepción del último ingreso si este es posterior. Transcurrido el plazo previsto en el apartado anterior, su importe podrá ser utilizado para financiar un proyecto orientado a la preparación y obtención de nuevos proyectos o contratos con financiación externa. En caso de que el Investigador Principal desee hacer uso de esta posibilidad, podrá hacerlo en su último año de vigencia mediante solicitud en impreso normalizado dirigido al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia. El periodo de ejecución máximo será de 2 años.
  2. Se establece un régimen de transitoriedad hasta el 31/03/2025 para presentar propuestas que, cumpliendo los requisitos del apartado anterior, tenían abierto el centro de gasto con fecha igual o posterior a 31/12/2023.

Procedimiento

Las solicitudes deberán dirigirse al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, mediante el procedimiento de Solicitud Genérica, a través de la sede electrónica de la Universidad de Granada (https://sede.ugr.es) incluyendo el modelo de solicitud normalizado.

Una vez finalizado el plazo, las solicitudes serán estudiadas por la Comisión de Investigación de la Universidad de Granada. El Vicerrectorado de Investigación y Transferencia publicará una resolución en las que se indicarán los proyectos aceptados.

Para la ejecución del proyecto se abrirá un centro de gasto específico.

Los IPs del proyecto deberán ser responsables de los centros de gastos correspondientes a los recursos liberados con los que se quiere financiar el proyecto.

Cada IP podrá serlo únicamente de un proyecto, aunque se podrán utilizar todos los centros de gastos que cumplan los requisitos recogidos en la Disposición adicional sexta para financiar el proyecto.

A la finalización del proyecto, deberá presentarse, en un plazo máximo de tres meses desde la finalización del mismo, un informe justificativo mediante el modelo normalizado que se publicará a tal efecto.

Los proyectos concedidos por este procedimiento serán objeto de retención en concepto de costes indirectos que se destinarán a soportar los gastos generales de la Universidad, bajo los siguientes criterios:

  • 10% de costes indirectos para proyectos ≤ 5.000 €.
  • 15% de costes indirectos para proyectos > 5.000 € y ≤ 20.000 €.
  • 20% de costes indirectos para proyectos > 20.000 €.